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Guía Básica de Derecho

Resumen y Guía de la Ley de Patentes

¿Qué es una patente?

Una patente es una concesión otorgada por el gobierno de los Estados Unidos del derecho a excluir a terceros de fabricar, usar, vender u ofrecer en venta la invención patentada durante un tiempo limitado. Es decir, una patente le otorga a su titular la posibilidad de solicitar una medida cautelar ante el sistema de tribunales federales para impedir que un infractor fabrique, use, venda u ofrezca en venta la invención patentada durante el plazo en que la patente se encuentre vigente. También pueden concederse indemnizaciones económicas por la infracción de la patente.

Una patente no otorga a su titular el derecho irrestricto de fabricar o vender la invención patentada sin tener en cuenta a otros titulares de patentes. En otras palabras, es posible obtener una patente sobre un producto y, aun así, infringir una patente anterior cuyas reivindicaciones abarquen ampliamente dicho producto. Por ejemplo, si la patente X reivindica los elementos A, B y C, alguien podría obtener posteriormente la patente Y que reivindique A, B, C y D. Sin embargo, fabricar un producto con los elementos A, B, C y D seguiría infringiendo las reivindicaciones de la patente X (porque el producto incluye A, B y C).

Existen tres tipos de patentes: patentes de diseño, patentes de utilidad y patentes de planta. Las patentes de diseño protegen los aspectos ornamentales de un artículo manufacturado. Las patentes de utilidad protegen procesos, máquinas, artículos manufacturados o composiciones de materia que sean nuevos y útiles. Las patentes de planta protegen nuevas variedades de plantas reproducidas asexualmente. Las patentes de utilidad son adecuadas para la gran mayoría de las invenciones.

¿Qué es una solicitud de patente provisional?

Una solicitud de patente provisional es un documento de divulgación de la invención que se presenta ante la USPTO y que le otorga al inventor una fecha de prioridad sin necesidad de cumplir con todos los requisitos formales de una solicitud de patente de utilidad. Por ejemplo, una solicitud de patente provisional no necesita incluir reivindicaciones, ni los dibujos deben cumplir con los requisitos formales de dibujo. Para recibir el beneficio de la fecha de prioridad provisional, el solicitante debe presentar una solicitud de patente de utilidad dentro del año siguiente a la presentación de la solicitud provisional y reclamar el beneficio de dicha solicitud provisional.

Si bien una solicitud provisional es un documento de divulgación informal que ofrece una forma relativamente económica de obtener rápidamente una fecha de prioridad para una invención, se debe tener cuidado al decidir si su uso es apropiado y, en tal caso, en la forma en que se prepara el documento. Aunque la solicitud provisional no necesita cumplir con todos los requisitos formales de presentación de una solicitud de utilidad, de todos modos debe permitir que una persona con conocimientos ordinarios en la materia pertinente pueda poner en práctica la invención finalmente reivindicada en la solicitud de utilidad presentada con posterioridad, para que esas reivindicaciones reciban el beneficio de la fecha de prioridad provisional. Además, la solicitud provisional pasa a formar parte permanente del expediente o “historial del archivo” de la patente final. Por ello, la divulgación de una solicitud provisional debe ser cuidadosamente revisada o preparada por un abogado de patentes, para asegurarse de que no incluya declaraciones o términos que puedan resultar problemáticos más adelante al intentar hacer valer la patente resultante ante los tribunales.

¿Cuál es la vigencia de una patente?

La vigencia de una patente de diseño se extiende 14 años a partir de la fecha de expedición. En términos generales, las patentes de utilidad y de planta tienen una vigencia de 20 años a partir de la fecha de presentación de la solicitud correspondiente, aunque en algunos casos la duración del plazo o la fecha desde la cual se calcula pueden ser diferentes.

¿Cuál es el estándar de patentabilidad?

En los Estados Unidos, la patentabilidad de una invención dependerá, en general, de la decisión de la Oficina de Patentes, expresada inicialmente por un Examinador, en cuanto a si la invención es útil, novedosa y no evidente. Estos requisitos se establecen en la Ley de Patentes. En particular, la Sección 102 y la Sección 103 se refieren a las diferencias entre la invención y el estado de la técnica. La Sección 102 exige que la invención sea novedosa, en el sentido de que no haya sido divulgada por ninguna referencia individual del estado de la técnica. La Sección 103 exige que las diferencias entre la invención y el estado de la técnica sean tales que la invención no hubiera resultado evidente, al momento de su creación, para una persona con conocimientos ordinarios en la materia.

¿Qué es una búsqueda preliminar de patentabilidad?

Una búsqueda preliminar de patentabilidad consiste en examinar los registros de la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO) para encontrar el estado de la técnica más pertinente relacionado con una invención. El “estado de la técnica” es el conjunto existente de información tecnológica frente al cual se evalúa una invención para determinar si es novedosa y no evidente y, por lo tanto, si puede ser patentada. El inventor conversa inicialmente sobre la invención con su abogado de patentes, quien luego trabaja junto con un agente de búsqueda profesional para localizar las referencias más pertinentes en los registros de la USPTO. El abogado de patentes puede entonces evaluar si es probable obtener protección de patente con base en las referencias localizadas, así como el alcance potencial de dicha protección. Conocer el alcance potencial de la protección de patente le permite al inventor tomar una decisión comercial informada sobre si vale la pena invertir el tiempo y el dinero necesarios para solicitar dicha protección. Además, los resultados de la búsqueda preliminar de patentabilidad son de gran valor para el abogado de patentes a la hora de redactar las reivindicaciones de la solicitud de patente, de manera que puedan resistir el escrutinio de la USPTO durante el proceso de examen.

¿Puedo realizar yo mismo una búsqueda de patentes?

La USPTO pone a disposición en su sitio web copias de las patentes concedidas y de las solicitudes publicadas, muchas de las cuales pueden buscarse por texto o por “palabra clave”. Haga clic aquí para acceder a la página de búsqueda de patentes de la USPTO. La base de datos en línea de la USPTO ofrece un excelente punto de partida para familiarizarse con la forma y el contenido de una patente, así como con los tipos de patentes disponibles en un campo determinado. Sin embargo, la interfaz de búsqueda en línea no permite el uso de cadenas de búsqueda complejas, lo que a menudo dificulta localizar y reducir los resultados más relevantes a una cantidad manejable. Esto es particularmente cierto en áreas técnicas donde existen miles de patentes y publicaciones de patentes disponibles. Nuestros agentes de búsqueda profesionales tienen acceso a los sistemas de búsqueda más sofisticados que utiliza la USPTO y, por ello, pueden emplear su experiencia y conocimientos para identificar rápidamente el estado de la técnica más pertinente.

¿Una búsqueda preliminar de patentabilidad favorable garantiza la obtención de una patente?

De ninguna manera. Si bien la USPTO es una excelente fuente para determinar qué información técnica se encuentra en el dominio público, el estado de la técnica no se limita a los documentos de patentes. El estado de la técnica también puede incluir publicaciones (artículos, ponencias, etc.), ventas de la invención, o incluso usos públicos de la invención, ninguno de los cuales se cubre en una búsqueda preliminar de patentabilidad típica. Además, actualmente las solicitudes de patente se mantienen en secreto por la USPTO hasta que se publican, lo cual ocurre en algún momento después de que la solicitud ha estado pendiente durante dieciocho meses. Por estas y otras razones, una búsqueda preliminar de patentabilidad no representa de manera perfecta la totalidad del estado de la técnica que pueda ser aplicable a una invención determinada. Aun así, el repositorio de acceso público de patentes y solicitudes publicadas de la USPTO es una de las mejores fuentes individuales de documentos del estado de la técnica disponibles. Además, esta es la fuente principal de estado de la técnica que el Examinador utilizará al realizar una búsqueda sobre una solicitud de patente. Por ello, la búsqueda preliminar de patentabilidad es una forma relativamente económica de obtener una gran cantidad de información sobre el estado actual de la técnica.

¿Cuáles son los siguientes pasos cuando la búsqueda preliminar de patentabilidad es favorable?

Si los resultados de la búsqueda preliminar de patentabilidad son favorables, es entonces cuando el abogado de patentes prepara la solicitud de patente de utilidad. Una vez que se completa el borrador inicial de la solicitud, se entrega al inventor para su revisión, a fin de asegurarse de que la solicitud sea técnicamente exacta y completa. Los comentarios del inventor se consideran cuidadosamente en la preparación del borrador final, el cual se presenta al inventor para su revisión antes de la presentación. La USPTO exige que cada inventor firme una Declaración al momento de presentar la solicitud ante la USPTO, reconociendo el deber de divulgar la información que conozca y que pueda considerarse relevante para el examen de la solicitud. Dicha información puede incluir dispositivos, productos, publicaciones, etc., similares a la invención y que fueran de conocimiento público antes de la invención, y también puede incluir cualquier divulgación pública, uso comercial u oferta de venta de la invención más de un año antes de la fecha de presentación de la solicitud.

Una solicitud de patente de utilidad generalmente incluye las siguientes partes: antecedentes de la invención, resumen de la invención, breve descripción de los dibujos, descripción detallada de las realizaciones preferidas, las reivindicaciones y un resumen de la divulgación (abstract). De estas, las reivindicaciones son el corazón de la solicitud, ya que definen en palabras el alcance de la invención para la cual el solicitante busca obtener del gobierno un monopolio limitado. Los antecedentes exponen el estado de la técnica pertinente y definen la necesidad que satisface la invención reivindicada. El resumen (abstract) es una síntesis muy breve de la invención reivindicada, mientras que la sección de resumen general (summary) sintetiza la invención reivindicada con mayor detalle. Los dibujos ilustran los distintos elementos de la invención mencionados en las reivindicaciones, mientras que la breve descripción de los dibujos orienta rápidamente al lector de la patente sobre lo que ilustra cada dibujo. Por último, la descripción detallada de las realizaciones preferidas es donde se describen con mayor detalle los elementos de los dibujos y se desarrollan plenamente los distintos ejemplos y realizaciones de la invención.

¿Cuándo puedo usar la leyenda “patent pending”?

Una vez que se presenta ante la USPTO una solicitud de patente de utilidad (o provisional), el inventor puede comenzar a marcar los productos cubiertos por las reivindicaciones de la solicitud con la leyenda “patent pending”, siempre que la solicitud efectivamente se encuentre pendiente ante la USPTO. La indicación “patent pending” sirve como advertencia a terceros que, de otro modo, podrían fabricar, usar o vender un producto idéntico, de que se está solicitando protección de patente ante la USPTO.

¿Qué ocurre durante el proceso de examen y cuánto tiempo dura?

Una vez que se presenta una solicitud ante la USPTO, esta se asigna al área tecnológica correspondiente o “unidad técnica” (art unit) y, finalmente, a un Examinador individual que examinará la solicitud. El Examinador revisa la solicitud para asegurarse de que cumpla con las numerosas normas y requisitos de la USPTO, y también realiza una búsqueda de patentabilidad con base en las reivindicaciones incluidas en la solicitud. Inicialmente, el Examinador suele emitir un informe de Acción de Oficina (Office Action) rechazando al menos algunas de las reivindicaciones y detallando los motivos del rechazo y el estado de la técnica en el que se basa. Por lo general, se tarda más de un año (y con frecuencia de dos a tres años) en recibir la primera Acción de Oficina de la USPTO, dependiendo del atraso de solicitudes que deban examinarse en una unidad técnica en particular. Actualmente, la duración promedio de tramitación de una solicitud de patente es de 27.6 meses (Fuente: “Fiscal Year 2006 Performance Plan” disponible en www.osec.doc.gov.

Cuando se recibe una Acción de Oficina de la USPTO, su abogado de patentes (quien recibe la correspondencia de la USPTO en su nombre) estudia el rechazo allí planteado y le asesora sobre la mejor manera de proceder. Por lo general, esto implica preparar y presentar una respuesta escrita que incluya argumentos sobre por qué las reivindicaciones son patentables frente al estado de la técnica citado por el Examinador y/o enmiendas que definan con mayor claridad las reivindicaciones frente a dicho estado de la técnica. En algunos casos, la USPTO y el solicitante intercambian varias Acciones de Oficina y respuestas antes de que finalmente se conceda la patente o se abandone la solicitud.

¿Qué sucede cuando la solicitud de patente es aprobada por la USPTO?

Una vez que un Examinador decide que una solicitud está en condiciones de ser aprobada, la USPTO emite un Aviso de Aprobación (Notice of Allowance) informando al solicitante que se adeudan la tasa de expedición y las tasas de publicación. Después de la expedición de la patente, el solicitante debe pagar tasas de mantenimiento a los 3½, 7½ y 11½ años posteriores a la fecha de expedición para mantener la patente vigente. Haga clic aquí para consultar una lista de las tasas gubernamentales de patentes vigentes.

Resumen y Guía de la Ley de Marcas

¿Qué es una marca?

Una “marca” es cualquier palabra, nombre, símbolo o distintivo adoptado y utilizado por un fabricante o comerciante para identificar bienes o servicios, distinguirlos de los de otros e indicar su origen. Las marcas incluyen los nombres comerciales de los productos, tales como “COKE tm”, “GM tm” y “GE tm”.

¿Cuál es la diferencia entre una Marca y una Marca de Servicio?

El término “marca” (trademark) es un término general que puede utilizarse para abarcar tanto las marcas aplicadas a bienes como a servicios. Cuando se hace una distinción, el término “marca de servicio” (service mark) se utiliza para referirse a las marcas empleadas en la venta y publicidad de servicios, en contraposición a los bienes. Ejemplos conocidos de marcas de servicio son “MCDONALD’S tm” y “BURGER KING tm”.

¿Cómo se protegen las marcas?

El valor de una marca depende del grado de reconocimiento y del fondo de comercio (goodwill) que el público comprador asocie con dicha marca, es decir, los clientes potenciales de los bienes o servicios en cuestión. ¿Sus clientes reconocen la marca y la identifican con sus bienes o servicios, a diferencia de los bienes y servicios de otros?

La mejor manera de proteger una marca (es decir, la mejor manera de asegurar que el público la reconozca y le otorgue valor) es comenzar a usarla (de manera adecuada, como marca) lo antes posible en relación con ventas reales de sus bienes o servicios. Como regla general, el primero en usar la marca en una zona determinada para ciertos bienes o servicios tendrá un derecho de prioridad frente a quienes adopten posteriormente la misma marca en la misma zona para bienes o servicios similares.

¿Qué ocurre con el registro?

El derecho de marcas es una rama del derecho de la competencia desleal. Es decir, resulta desleal que alguien haga pasar sus productos o servicios por los suyos, que se aproveche (gratuitamente) del fondo de comercio que usted invirtió tiempo y dinero en construir, o que intente disminuir el valor de su marca. Por lo tanto, las marcas pueden protegerse incluso en ausencia de registro. Sin embargo, el registro sí ofrece beneficios significativos, por lo que debe considerarse seriamente.

En ausencia de registro, su marca solo puede protegerse en el área geográfica particular en la que usted realiza negocios, y usted tiene la carga de probar la extensión de dicha área. Con el registro Federal, su área de cobertura puede extenderse a todo el país.

Además, aunque usted aún podría hacer valer derechos de competencia desleal bajo el “derecho consuetudinario (common law)”, el registro le otorgará derechos y remedios adicionales de carácter legal (estatutario) contra los infractores. Además, las marcas registradas gozan de numerosas ventajas procesales ante los tribunales. Por ejemplo, en lugar de tener que probar que usted es titular de la marca y tiene derecho a usarla, dichas cuestiones preliminares se presumirán.

¿Cómo registro una marca?

Los Estados Unidos cuenta con un sistema de registro dual. Esto significa que usted puede registrar su marca ante uno o más estados, ante el Gobierno Federal, o ante ambos. Su marca es elegible para el registro en Florida tan pronto como haya vendido sus productos o anunciado sus servicios utilizando la marca en Florida. Su marca es elegible para el registro Federal después de que la marca haya sido utilizada en el comercio interestatal (transacciones comerciales dentro de uno o más Estados, entre dos Estados, o entre un Estado y un país extranjero).

Conforme a la legislación vigente de marcas de los Estados Unidos, usted puede solicitar el registro de una marca ya sea con base en el uso real en el comercio interestatal, o con base en una intención de buena fe de usar la marca en el comercio. Si la solicitud se basa en la intención de uso, el uso real debe demostrarse dentro de los 6 meses siguientes a que la marca haya sido aprobada para su registro por la Oficina de Marcas de los Estados Unidos, antes de que el registro sea efectivamente expedido, salvo que se haya obtenido una prórroga.

El registro Federal tiene una vigencia de 10 años, sucesivamente renovable a partir de la fecha de expedición del registro; el registro estatal de Florida también tiene una vigencia de 10 años renovables. El registro Federal será cancelado a menos que se presente, entre el quinto y el sexto año posteriores al registro, una declaración jurada de que usted continúa utilizando la marca (comúnmente denominada “Declaración Jurada de la Sección 8”). Junto con esta, puede presentarse una “Declaración Jurada de la Sección 15”, que afirme que la marca ha estado en uso continuo durante cinco años, sin ninguna decisión adversa ni procedimiento de impugnación pendiente, a fin de hacer que la marca sea “incontestable”, salvo por motivos muy limitados. No existe requisito de presentación de declaración jurada para los registros de Florida.

Para registrar la marca a nivel Federal, usted debe presentar una solicitud junto con las tasas de presentación establecidas, identificando al titular de la marca, los bienes o servicios para los cuales se usa o se usará la marca y, si la solicitud se basa en el uso real, la fecha del primer uso de la marca en cualquier lugar, la fecha del primer uso de la marca en el comercio interestatal, y muestras de la marca tal como se usa realmente en relación con los bienes y servicios. Estos últimos tres requisitos deben cumplirse, en el caso de las solicitudes basadas en la intención de uso, una vez que se haya realizado el uso en el comercio interestatal. El registro normalmente tarda entre 12 y 24 meses en el caso de las solicitudes basadas en el uso real. Las solicitudes basadas en la intención de uso tardarán una cantidad de tiempo variable, según la fecha en que se establezca el uso real, pero en ningún caso será más rápido que en el caso de las solicitudes basadas en el uso real.

Para registrar la marca ante el Estado de Florida, usted debe presentar una solicitud que identifique al titular de la marca, los bienes o servicios para los cuales se usa la marca, la fecha del primer uso de la marca en cualquier lugar, la fecha del primer uso de la marca en Florida, presentar especímenes (muestras) de la marca tal como se usa realmente en relación con los bienes y servicios, y pagar la tasa de presentación requerida. El registro estatal de Florida normalmente puede completarse en cuestión de varias semanas.

Resumen y Guía de la Ley de Derechos de Autor

¿Qué es un derecho de autor?

El derecho de autor es una forma de protección otorgada a los autores de “obras originales de autoría”, incluyendo obras literarias, dramáticas, musicales, artísticas, arquitectónicas y ciertos otros tipos de obras intelectuales.

¿Qué otorga la protección del derecho de autor?

La legislación de derechos de autor de los Estados Unidos generalmente otorga al titular del derecho de autor el derecho exclusivo de realizar y autorizar a otros a realizar lo siguiente: reproducir la obra protegida; preparar obras derivadas; distribuir copias mediante venta, alquiler o arrendamiento; y ejecutar o exhibir públicamente la obra protegida. Es ilegal que cualquier persona vulnere alguno de los derechos otorgados al titular del derecho de autor, sujeto a ciertas limitaciones tales como el “uso justo” (fair use) y, para algunas obras, la “licencia obligatoria”.

La protección del derecho de autor existe para las “obras originales de autoría” desde el momento en que la obra se fija por primera vez en una forma tangible de expresión. La fijación no tiene que ser directamente perceptible, siempre que pueda comunicarse con la ayuda de una máquina o dispositivo. No se exige que la obra sea nueva o no evidente, únicamente que sea original.

Entre las obras susceptibles de protección por derecho de autor se encuentran: obras literarias; obras musicales; obras dramáticas; pantomimas y obras coreográficas; obras pictóricas, gráficas y escultóricas; películas y otras obras audiovisuales; grabaciones sonoras; programas de computación y obras arquitectónicas.

Entre los materiales que, por lo general, no son susceptibles de protección por derecho de autor se encuentran: las obras que no se hayan fijado en una forma tangible de expresión; los títulos, nombres, frases breves y eslóganes; los símbolos o diseños comunes; las meras variaciones de ornamentación tipográfica, tipo de letra o coloración; las simples listas de ingredientes o contenidos; las ideas, procedimientos, métodos, sistemas, procesos, conceptos, principios, descubrimientos o dispositivos, a diferencia de una descripción, explicación o ilustración de estos; y las obras que consisten enteramente en información de dominio común y que no contienen autoría original. (Nota: para algunos de estos casos puede estar disponible la protección de patente o de marca.)

¿Cómo se obtiene la protección del derecho de autor?

La protección del derecho de autor se obtiene automáticamente cuando se crea la obra (es decir, cuando se fija por primera vez en una copia o grabación). Es una consecuencia inherente del proceso de creación autoral. La publicación ya no es un requisito para la protección legal del derecho de autor, pero para poder hacer valer un derecho de autor, la obra debe registrarse ante la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos.

¿Qué es un aviso de derechos de autor?

Cuando una obra se publica bajo la autoridad del titular del derecho de autor, puede colocarse un aviso de derechos de autor en todas las copias o grabaciones distribuidas públicamente. Conforme al Convenio de Berna, el aviso de derechos de autor ya no es obligatorio en los Estados Unidos para las obras publicadas por primera vez a partir del 1 de marzo de 1989. Sin embargo, se recomienda colocar un aviso de derechos de autor en todas las copias de una obra protegida. Una de las ventajas de utilizar dicho aviso es que impide que una parte demandada por infracción pueda alegar la defensa de infracción inocente. El aviso sigue siendo obligatorio para las obras publicadas antes de marzo de 1989.

El uso del aviso de derechos de autor es responsabilidad del titular del derecho de autor y no requiere autorización previa ni registro ante la Oficina de Derechos de Autor. El aviso de derechos de autor generalmente incluye tres elementos:

¿Cómo se determina la titularidad del derecho de autor?

El derecho de autor sobre una obra de autoría se convierte de inmediato en propiedad del autor o artista que la creó, y solo el autor, o quienes deriven derechos de este, pueden reclamar legítimamente la titularidad del derecho de autor. Los coautores generalmente se consideran cotitulares del derecho de autor.

En el caso de una obra realizada por encargo (work made for hire), se presume que el autor es el empleador y no el empleado. Una “obra realizada por encargo” es: (1) una obra preparada por un empleado que actúa dentro del ámbito de su empleo; o (2) una obra (pero solo ciertos tipos de obras) específicamente solicitada o encargada conforme a un acuerdo escrito que la designe como una obra realizada por encargo.

El titular del derecho de autor puede transferir alguno o todos los derechos exclusivos, o cualquier subdivisión de dichos derechos, pero la transferencia voluntaria de derechos exclusivos generalmente no es válida a menos que se realice por escrito y esté firmada por el titular de los derechos transferidos. La transferencia de un derecho de manera no exclusiva no requiere un acuerdo por escrito.

La legislación vigente sobre derechos de autor generalmente permite la terminación de una cesión de derechos después de 35 años, bajo ciertas condiciones, mediante la notificación por escrito al cesionario dentro de los plazos especificados.

¿Cuál es la duración de un derecho de autor?

Para las obras de autores individuales, la vigencia del derecho de autor es la vida del autor, más 70 años después de su fallecimiento. La vigencia del derecho de autor en las obras realizadas por encargo o de titularidad corporativa es de 95 años desde la primera publicación, o 120 años desde la creación, lo que resulte más prolongado.

¿Qué es el registro de derechos de autor?

En general, el registro de derechos de autor es una formalidad legal destinada a dejar constancia pública de los hechos básicos de un derecho de autor en particular. Por lo general, el registro no es una condición para la protección del derecho de autor. Sin embargo, el registro sí ofrece beneficios significativos, entre los cuales se encuentran:

  • El registro establece una constancia pública de la reivindicación del derecho de autor;
  • El registro de una obra estadounidense es necesario antes de poder iniciar cualquier demanda por infracción ante los tribunales;
  • Si se realiza antes o dentro de los cinco años posteriores a la publicación, el registro establece ante los tribunales una presunción sobre la validez del derecho de autor y de los hechos declarados en el certificado; y
  • Si el registro se realiza dentro de los tres meses posteriores a la publicación de la obra y antes de que ocurra la infracción, el titular del derecho de autor puede reclamar en juicio indemnizaciones legales y honorarios de abogado. De lo contrario, el titular del derecho de autor solo podrá reclamar los daños reales y las ganancias obtenidas.

El registro puede realizarse en cualquier momento dentro de la vigencia del derecho de autor. Por lo general, deben acompañarse dos copias de la obra junto con la solicitud.

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